Titulaciones Náuticas de Recreo

El futur@ navegante debe disponer de los conocimientos adecuados para desenvolverse en el medio marino de una forma segura y eficaz.

En nuestro país existen diferentes titulaciones náuticas de recreo según el tipo de embarcación y la zona de navegación donde se desee navegar. En 2015 entró en vigor el Real Decreto 875/2014 del 10 de Octubre que regula las titulaciones náuticas así como sus atribuciones, las resumimos a continuación:

  • Motor y vela hasta 6 metros de eslora.
  • Máxima potencia de motor que indique el fabricante.
  • 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
  • Motos de agua sin limitación de potencia.
  • Navegación diurna.
  • Sin Examen, expide la Licencia la propia academia.
  • Motor y vela hasta 8 metros de eslora.
  • Máxima potencia de motor que indique el fabricante.
  • Hasta 5 millas náuticas paralelas a la costa.
  • Motos de agua sin límite de potencia.
  • Navegación diurna y nocturna.
  • Exámenes convocados por la Administración.
Patrón Embarcaciones Recreo
  • Motor y vela hasta 15 metros de eslora, ampliable a 24 metros.
  • Máxima potencia de motor que indique el fabricante.
  • Hasta 12 millas náuticas paralelas a la costa (fuera de los archipiélagos Canario y Balear) y navegación entre islas sin límite.
  • Motos de agua sin límite de potencia.
  • Navegación de diurna y nocturna.
  • Exámenes convocados por la Administración.
  • Motor y vela hasta 24 metros de eslora.
  • Máxima potencia de motor que indique el fabricante.
  • Hasta 150 millas paralelas a la costa.
  • Motos de agua sin límite de potencia.
  • Navegación diurna y nocturna.
  • Exámenes convocados por la Administración.